Regulación del vivac

Se entiende por vivac o vivaquear el hecho de dormir o descansar durante la noche al raso o intemperie, usando o no elementos de abrigo, como saco de dormir o funda de vivac, sin instalar tiendas de campaña, doble techo o similar.

Dentro del parque nacional sólo se permite el vivac en las zonas recogidas en el Anexo III del Plan Rector de Uso y Gestión, a excepción de la zona de la laguna de los Pájaros, donde en la actualidad no está permitida esta actividad por motivos de conservación. Estas zonas se recogen en el siguiente mapa.

Además, en la vertiente segoviana del parque se permite el vivac fuera del periodo comprendido entre el 15 de junio y el 15 de octubre, salvo que se establezcan otras restricciones debido al riesgo de incendios, en lugares situados por encima de la cota de 2000 metros, siempre que no sean Zona de Reserva y en grupos no superiores a 5 personas.

En ambas vertientes también está permitido vivaquear en los entornos inmediatos de los refugios no guardados, cuando no existan plazas libres en el interior de los mismos.

En todo caso, es obligatorio el cumplimiento de las siguientes condiciones:

  1. Para grupos organizados con más de 10 componentes es necesario contar con autorización expresa del parque nacional. Puedes realizar el trámite online desde aquí.
  2. En el macizo de Peñalara, vertiente madrileña, solo se autorizará un máximo de 15 personas/grupo/día, para la práctica del vivac. En este caso, puedes realizar la solicitud desde aquí.
  3. En la vertiente madrileña del macizo de Peñalara no se puede hacer vivac con perros.
  4. Salvo en caso de emergencia o fuerza mayor, no se podrá permanecer más de una noche en la misma zona.
  5. Se prohíbe la apertura de zanjas de drenaje y la acumulación de piedras y/o elementos vegetales a modo de parapeto.

Disfruta de la naturaleza con respeto y cuidado. Te agradecemos que no dejes restos de basuras ni molestes a la fauna, pues su actividad nocturna es clave para su correcto desarrollo.

Más sobre legislación y trámites

Trámites administrativos de las actividades reguladas (PRUG)

El Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama (PRUG) establece, entre otros, los criterios de gestión, actuación y zonificación de este espacio natural, así como las normas de uso precisas para la consecución de los objetivos que han motivado su declaración.

Comisión de Coordinación

La Comisión de Coordinación se encarga de la coordinación entre las diferentes administraciones implicadas en la gestión del parque nacional.

Zonas de Especial Protección para las Aves

Las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) nacen con la única finalidad de preservar las poblaciones de aves catalogadas y de sus hábitats. En el parque nacional hay dos.

Ley de Declaración

La Ley de Declaración del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama establece los objetivos y critérios de este espacio con la máxima protección ambiental.

Área de Especial Protección del Parque Nacional

El Área de Especial Protección ocupa básicamente el Valle de Valsaín, con una normativa asimilable a la del parque nacional.

Plan Rector de Uso y Gestión

El Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) desarrolla la planificación de la gestión durante un periodo de diez años.

Regulación de la escalada en Roca

La escalada en roca está permitida en el parque nacional, sujeta a determinadas condiciones y a una regulación dinámica que puede cambiar anualmente.

Comisión de Gestión

La Comisión de Gestión está constituida por representantes de las Comunidades Autónomas con territorio del Parque Nacional.

Solicitud de visita en grupo (entorno de Los Cotos y Macizo de Peñalara)

Las visitas de grupos de 15 personas o más al Macizo de Peñalara requieren una autorización.

Regulación del senderismo

El senderismo en el parque nacional puede realizarse libremente por los senderos y caminos, aunque hay algunas restricciones si vienes en grupo en función de la zona y número de componentes del grupo.

Zona Periférica de Protección

La Zona Periférica de Protección del Parque Nacional está destinada a amortiguar los posibles impactos ecológicos o pasajísticos procedentes del exterior del parque.

Sitio Ramsar Humedales del Macizo de Peñalara

Los Humedales del Macizo de Peñalara están reconocidos como Sitio de Importancia Internacional para la conservación de humedales, conforme al Convenio Ramsar.

Solicitud de utilizacion por grupos de la pista de esquí de fondo (Los Cotos)

Los grupos organizados con más de 10 componentes requieren autorización previa para el uso de la pista de Esquí de fondo de Los Cotos.

Limites del Parque Nacional

Los límites oficiales del Parque Nacional discurren partiendo de las inmediaciones del Puerto de Navafría y continúanbásicamente por los cordales de los Montes Carpetanos, Cuerda Larga y Siete Picos, dibujando una figura con forma de ancla.

Aprovechamiento micológico

La recogida de setas se considera una actividad compatible con la conservación siempre que se realice en terrenos con un plan de aprovechamiento aprobado.

Acceso con autobús al Paraje de La Pedriza (aparcamiento de Canto Cochino)

El número de autobuses en La Pedriza está limitado a un máximo de 10 autobuses al día, por lo que los interesados los interesados en acceder con autobús deberán realizar una reserva previa.

Recolección de plantas y frutos

La recolección de plantas es una actividad compatible en el Parque Nacional cumpliendo determinados requisitos.

Zonificación del Parque Nacional

El Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional establece una serie de zonas, asociadas a diferentes valores, usos y normativa en cada una de ellas.

Reservas Naturales Fluviales

Las Reservas Naturales Fluviales pretenden preservar ríos con escasa o nula intervención humana y en muy buen estado ecológico. 

PORN de la Sierra de Guadarrama

El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales es el documento en el que se basó la declaración del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama.

Regulación del vivac

Dentro del parque nacional sólo se permite el vivac en las zonas recogidas en el Anexo III del Plan Rector de Uso y Gestión, a excepción de la zona de la laguna de los Pájaros, donde en la actualidad no está permitida esta actividad por motivos de conservación.

Regulación de la bicicleta de montaña

El parque nacional puede recorrerse en bicicleta de montaña por los viales autorizados para ello, aunque hay algunas restricciones si vienes en grupo en función de la zona y número de componentes del grupo.

Patronato

El Patronato es el órgano de participación de la sociedad en los Parques Nacionales.