Regulación de la escalada en Roca
Normativa
La normativa que regula la práctica deportiva de la escalada en el Parque Nacional se encuentra en su Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG), en el artículo 47, apartado b) Montañismo y escalada en roca. También habrá que tener en cuenta que anualmente se aprobara mediante resolución del Director General de Biodiversidad y Recursos Naturales, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, la normativa que regula el tránsito por viales, el tránsito en las inmediaciones y pie de vía de sectores de escalada y la escalada en los sectores y vías regulados, en el paraje de La Pedriza del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama como medida de protección de especies rupícolas durante su época de cría y reproducción.
Por otro lado, no hay que olvidar, que se debe cumplir con todas aquellas normas que puedan guardar algún tipo de relación con la escalada.
Carteles informativos sobre la normativa. Autor: Marcos González
Puedes consultar el Plan de Rector de Uso y Gestión para conocer con todo detalle la regulación de esta práctica, pero a modo de resumen la normativa señala lo siguiente:
- La escalada en roca se puede practicar los sectores señalados en el Anexo III “Cartografía de zonas de escalada y áreas donde se permite la pernocta al raso”, salvo que alguno de ellos esté sometido a una regulación temporal de su uso en función de las necesidades de conservación. Estos sectores incluyen las zonas de escalada más importantes de la Sierra de Guadarrama (La Pedriza, Peñalara, Maliciosa, etc.).
- La apertura y equipación de vías de escalada no está permitida en el parque nacional. El reequipamiento de vías requiere autorización de la Administración gestora.
- Se prohíbe el tallado de nuevos agarres en la roca ni el retoque de los ya existentes así como la adhesión de presas o puntos de apoyo mediante medios químicos o mecánicos.
- Para evitar el impacto visual en las rocas no se empleará magnesio.
- La instalación de nuevas vías ferratas está prohibida.
Recuerda que las actividades en grupo pueden requerir realizar algún trámite previo en función de la zona a visitar y el tamaño de grupo.
Regulación dinámica
Plan de Regulación de Uso Público para la Protección de las Aves Rupícolas (PRUPPAR)
¿Qué es el PRUPPAR?
Es un plan cuyo principal objetivo es la protección de las especies rupícolas durante su época de cría y reproducción.
Con este plan se compatibiliza la conservación con diferentes prácticas del uso público, de forma que puedan seguir efectuándose con las regulaciones necesarias que contribuyan a la protección de las aves rapaces.
¿Cuál es su ámbito de aplicación?
El ámbito territorial de aplicación del PRUPPAR es el definido en la Ley 7/2013, de 25 de junio, de declaración del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, en su “Anexo I Límites Parque Nacional” y “Anexo III Límites Zona Periférica de Protección”, así como de todo aquel territorio que adquiera la condición de Parque Nacional o de Zona Periférica de Protección en el futuro.
¿Cuándo está activo?
El periodo en el que se activan las principales regulaciones para la práctica de la escalada se enmarca en la época de cortejo, cría y reproducción de las especies rupícolas, comprendido este periodo, por lo general, entre el 1 de enero y el 31 de Julio, ambos inclusive.
No obstante, si las condiciones climáticas o meteorológicas que influyen en la reproducción o circunstancias de otro tipo cambiasen, este periodo se podrá modificar.
El plan será revisado y actualizado mientras dure la época de cría y reproducción y de ser necesario adaptado a las incidencias que se pudieran detectar.
El PRUPPAR prevé de manera periódica su revisión, actualización y adaptación a los cambios que se pudieran detectar.
¿Cuál es su regulación?
La zonificación del PRUPPAR se divide en cuatro tipos:
- B1: zonas donde no se permite la escalada temporalmente. Afecta a un número determinado de vías de escalada.
- B2: zonas donde no se permite la escalada temporalmente. Afecta a un risco o sector de escalada.
- B3: zonas donde no se permite el tránsito temporalmente. Afecta a un vial o zona.
- C: zonas de escalada libre.
Señalización
La adecuada señalización de las zonas reguladas es de vital importancia para garantizar que el plan sea efectivo.
Para la distribución de la señalética se tendrán en cuenta los principales accesos a las zonas reguladas.
A continuación se muestran el tipo de señalización que se puede encontrar en el Parque Nacional:
Señalización Tipo 1
Señalización Tipo 2
Señalización Tipo 3
Descripción
Placas de regulación de la escalada
Situación
Inicio (pie de vía) y/o final (descuelgue o reunión) de una vía de escalada
Contenido
Información relativa a la regulación de una vía
Objetivo
Informar de la restricción de escalada y rápel de una vía
Señalización Tipo 4
Sectores regulados 2024
A continuación se muestran los sectores, riscos, viales y vías regulados en el año 2024, acorde a la Resolución de 9 de enero de 2023, del Director General de Biodiversidad y Recursos Naturales, de la Consejería de Medio ambiente, Vivienda y Agricultura. La tabla muestra las zonas reguladas como B1, B2 o B3.
Nuevo sector precintado
Con posterioridad a la publicación de la resolución reguladora se ha descubierto un nuevo nido en el Contrafuerte de Peñas Cagás, por lo que las vías de este sector han sido precintadas y se prohibe temporalmente la escalada en ellas.
Cuerda Larga. La Najarra |
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SECTOR |
REGULACIÓN |
Peña Arcón, espolón sudoeste y agujas de La Najarra |
A |
La Pedriza Anterior |
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SECTOR |
REGULACIÓN |
El Acebo |
A |
El Sótano |
B2 Para evitar molestias en la reproducción de especies protegidas, hasta el 31 de julio no se permite la escalada ni el rápel en todo el sector, ni el tránsito a pie de vía. |
La Cara |
A |
Placas de Musgogénesis |
B1 Vías reguladas: · Campestre · Orgasmo diábolico · Bareto-man Para evitar molestias en la reproducción de especies protegidas, hasta el 31 de julio no se permite la escalada ni el rápel en las vías: Campestre, Orgasmo diábolico y Bareto-man. |
Pradera de los Murciélagos |
A |
Risco de la Fuente | B1 Vías reguladas: • Maripaz |
Risco de las Cuatro Damas o Risco del Águila |
A |
Risco del Trueno |
A |
Cueva de La Mora |
B1 Vías reguladas: · Vías sin nombre o desconocidas del bordillo oeste (cuatro vías en total). La regulación no afecta al muro principal Para evitar molestias en la reproducción de especies protegidas, hasta el 31 de julio no se permite la escalada ni el rápel en las vías del bordillo oeste de la Cueva de la Mora (cuatro vías en total, vías sin nombre o desconocidas). La regulación no afecta al muro principal. |
Callejón del arroyo de los Huertos |
B3 Para evitar molestias en la reproducción de especies protegidas, hasta el 31 de julio no se permite el acceso al callejón del arroyo de los Huertos. |
Cancho Cofre o La Cripta |
B2 Para evitar molestias en la reproducción de especies protegidas, hasta el 31 de julio no se permite la escalada ni el rápel en todo el sector, ni el tránsito a pie de vía. |
Cancho del Arroyo de los Huertos |
B2 Para evitar molestias en la reproducción de especies protegidas, hasta el 31 de julio no se permite la escalada ni el rápel en todo el sector, ni el tránsito a pie de vía. |
La Colina Hueca |
B1 Vías reguladas: · King Kong five · Vida jamaicana · Carmina Burana · Tuareg · Semen light · Semen up · Semenator · El galgo Lucas Para evitar molestias en la reproducción de especies protegidas, hasta el 31 de julio no se permite la escalada ni el rápel en las vías: King Kong five, Vida jamaicana, Carmina Burana, Tuareg, Semen light, Semen up, Semenator y El galgo Lucas. |
El Indio |
B1 Vías reguladas: · Ticiano II · Sabratah · Mari Carmen (Chimenea) · Chapas Negras · Farinelli el Castrado · Ticiano III · Escaramouche · Elena · Inma-Mar · Chimenea Para evitar molestias en la reproducción de especies protegidas, hasta el 31 de julio no se permite la escalada ni el rápel en las vías: Ticiano II, Sabratah, Mari Carmen (Chimenea), Chapas Negras, Farinelli el Castrado, Ticiano III, Escaramouche, Elena, Inma-Mar y Chimenea. |
El Reloj |
B1 Vías reguladas: · Guapita · Anónima · La Senda del Tigretón · La Caja de Pandora · Codan el Bárbaro · Los Templos del Vicio · El Egido nos ha Vencido · Phoskitomanía · Master Blaster Para evitar molestias en la reproducción de especies protegidas, hasta el 31 de julio no se permite la escalada ni el rápel en las vías: Guapita, Anónima, La Senda del Tigretón, La Caja de Pandora, Codan el Bárbaro, Los templos del vicio, El Egido nos ha vencido, Phoskitomanía y Master Blaster. |
La Nuez |
B2 Para evitar molestias en la reproducción de especies protegidas, hasta el 31 de julio no se permite la escalada ni el rápel en todo el sector, ni el tránsito a pie de vía. |
Los Fantasmas |
B2 Para evitar molestias en la reproducción de especies protegidas, hasta el 31 de julio no se permite la escalada ni el rápel en todo el sector, ni el tránsito a pie de vía. |
Peña Cagás |
B2 Para evitar molestias en la reproducción de especies protegidas, hasta el 31 de julio no se permite la escalada ni el rápel en todo el sector, ni el tránsito a pie de vía. |
Peña Sirio |
B2 Para evitar molestias en la reproducción de especies protegidas, hasta el 31 de julio no se permite la escalada ni el rápel en todo el sector, ni el tránsito a pie de vía. |
Placa del Tamboril |
B1 Vías reguladas: · Vía Atiza y todas las vías que se encuentran a su derecha Para evitar molestias en la reproducción de especies protegidas, hasta el 31 de julio no se permite la escalada ni el rápel en la vía Atiza y en las que están a su derecha. |
Risco del Hueco de las Hoces |
B2 Para evitar molestias en la reproducción de especies protegidas, hasta el 31 de julio no se permite la escalada ni el rápel en todo el sector, ni el tránsito a pie de vía. |
La Pedriza Posterior |
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SECTOR |
REGULACIÓN |
Bordillos de La Charca Verde |
A |
Cancho Centeno |
A |
El Hedonista |
A |
El Lomito |
A |
La Guarida |
A |
Las Torres |
A |
Los Desplomes |
A |
Los Machos |
A |
Muro Verde |
A |
Placas de Charca Verde |
A |
Placas superiores de La Charca Verde |
A |
Risco del Nevazo o Cerro de los Hoyos |
A |
Riscos de las Milaneras |
A |
Tres Cestos |
A |
El Balcón |
B2 Para evitar molestias en la reproducción de especies protegidas, hasta el 31 de julio no se permite la escalada ni el rápel en todo el sector, ni el tránsito a pie de vía |
El Cocodrilo |
B2 Para evitar molestias en la reproducción de especies protegidas, hasta el 31 de julio no se permite la escalada ni el rápel en todo el sector, ni el tránsito a pie de vía. |
El Pajarito |
B1 Vías reguladas: · Capi-Plasta · Sur Clásica · Abraxas · Proyecto · Pichi · Garbanzo Metálico · Quien dice miedo habiendo hospitales · Chona · Mayayo Para evitar molestias en la reproducción de especies protegidas, hasta el 31 de julio no se permite la escalada ni el rápel en las vías: Capi-Plasta, Sur Clásica, Abraxas, Proyecto, Pichi, Garbanzo Metálico, Quien dice miedo habiendo hospitales, Chona y Mayayo. |
El Pájaro |
B1 La regulación solo afecta a la cara este (Vía Este o Pedro Ramos y todas las vías que se encuentran a su derecha). Vías reguladas: · Este o Pedro Ramos · Tamarugo · Vía de los Tichis · Vte. Morros Este · Rivas-Acuña · Poderoso regalo de los dioses · José Luis de Mier · Anónima · Mogoteras Para evitar molestias en la reproducción de especies protegidas, hasta el 31 de julio no se permite la escalada ni el rápel en las vías: Este o Pedro Ramos y todas las vías que se encuentran a su derecha (Tamarugo, Vía de los Tichis, Vte. Morros Este, Rivas-Acuña, Poderoso regalo de los dioses, José Luis de Mier, Anónima y Mogoteras). |
La Campana | B1 Vías reguladas: • Don sin din, cojones en latín • Espolón Sur • Martín-Mateo |
Risco de la Ventana |
B2 Para evitar molestias en la reproducción de especies protegidas, hasta el 31 de julio no se permite la escalada ni el rápel en todo el sector, ni el tránsito a pie de vía. |
Risco de las Nieves |
B2 Para evitar molestias en la reproducción de especies protegidas, hasta el 31 de julio no se permite la escalada ni el rápel en todo el sector, ni el tránsito a pie de vía. |
Risco del Llanero o Risco Escondido |
B2 Para evitar molestias en la reproducción de especies protegidas, hasta el 31 de julio no se permite la escalada ni el rápel en todo el sector, ni el tránsito a pie de vía. |
La Pedriza, Los Aljibes |
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SECTOR |
REGULACIÓN |
Los Aljibes |
A No se permite la práctica de la escalada en toda la zona, a excepción del sector La Raja. |
Cuerda de Los Porrones |
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SECTOR |
REGULACIÓN |
Torreta de los Porrones o Peña del Águila |
B2 Para evitar molestias en la reproducción de especies protegidas, hasta el 31 de julio no se permite la escalada ni el rápel en todo el sector, ni el tránsito a pie de vía. |
Circo de Peñalara |
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SECTOR |
REGULACIÓN |
El Robot |
A |
La Pared Negra |
A |
La Presa |
A |
Siete Picos |
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SECTOR |
REGULACIÓN |
Siete Picos |
A No se permite la práctica de la escalada en toda la zona, a excepción de los sectores: · Riscos de Cueva Lirón · Alto del Telégrafo |
Reequipamientos
El Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama (PRUG) establece, entre otros, los criterios de gestión, actuación y zonificación de este espacio natural, así como las normas de uso precisas para la consecución de los objetivos que han motivado su declaración.
Para evitar posibles efectos no deseados sobre la conservación de los valores relevantes del Parque Nacional, determinados usos, aprovechamientos y actividades están sometidos a un régimen de intervención administrativa que varía en función de la regulación específica de cada zona.
Derivado de ello, el reequipamiento de vías de escalada en el Parque Nacional es una actividad regulada, que está sujeta a previa autorización de la Administración gestora.
Anclajes de escalada obsoletos retirados durante un trabajo de reequipamiento de vías de escalada deportiva en el Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama.
Procedimiento
Para poder cursar una solicitud de autorización de reequipamiento de vías de escalada, se deberá presentar ante la Administración gestora, la correspondiente solicitud de autorización (según sea en Madrid o en Castilla y León), el documento Anexo I: Datos de la Actividad Solicitada (convertir a pdf antes de presentarlo) junto a la Memoria complementaria para reequipamientos de vías de escalada.
Se recomienda visitar este enlace donde se explica detalladamente cómo presentar correctamente la solicitud, tanto en Madrid como en Castilla y León.
Una vez el órgano administrativo competente reciba la solicitud de autorización de reequipamientos de vías de escalada, comenzarán los trámites de evaluación de la actividad solicitada:
- La Administración gestora correspondiente recibe la solicitud de autorización y su documento anexo (Anexo I: Datos de la Actividad Solicitada) junto a la memoria descriptiva.
- La Administración gestora evaluará la documentación, solicitará de oficio a la Federación Madrileña de Montañismo (FMM) la evaluación técnica del mencionado reequipamiento y emitirá, en su caso, la autorización pertinente previa aprobación técnica del reequipamiento por la Federación.