La Comisión de Coordinación se encarga de la coordinación entre las diferentes administraciones implicadas en la gestión del parque nacional.
Las comisiones de coordinación, de acuerdo con el artículo 26 de la Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales, existen cuando los terrenos de un parque nacional comprenden varias comunidades autónomas. Este es el caso del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama. Las comisiones de coordinación son órganos colegiados constituidos en cada uno de los parques nacionales supraautonómicos. Su objeto es integrar la actividad de gestión de cada una de las comunidades autónomas del modo que resulte más adecuado, asegurar la responsabilidad compartida de las administraciones implicadas y la coherencia del conjunto del parque nacional.
Normativamente, las comisiones de coordinación están reguladas por la Orden AAA/38/2016, de 18 de enero, por la que se establece la composición, funciones y funcionamiento del Comité de Colaboración y Coordinación de Parques Nacionales, de las Comisiones de Coordinación y del Comité Científico de Parques Nacionales. En el artículo 8 de esta orden se estable que la composición de las comisiones de coordinación será paritaria, existiendo tantos representantes de la Administración General del Estado como de las administraciones públicas con competencia en la gestión de los parques nacionales. El apartado a) de este mismo artículo señala que en el caso en que el ámbito territorial del parque nacional abarque dos comunidades autónomas, dos representantes por cada una de ellas. En los demás casos, un representante por cada una de ellas.
Composición de la Comisión de Coordinación del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, a enero de 2026:
En calidad de representantes de la Administración General del Estado:
En calidad de representantes de la Comunidad de Castilla y León:
En calidad de representantes de la Comunidad de Madrid:
La Comisión de Coordinación se reúne periódicamente para recibir de las comunidades autónomas información sobre la gestión ordinaria del parque, informar nueva normativa, planificación y desarrollar mecanismos de colaboración entre las tres administraciones.
Decreto 28/2014, de 27 de marzo de 2014, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se aprueban los Estatutos reguladores de los órganos de gestión y participación del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama.
Decreto 13/2014, de 27 de marzo de 2014,de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los Estatutos reguladores de los órganos de gestión y participación del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama.



