Declaration Act

The Declaration Act of the Sierra de Guadarrama National Park establishes the objectives and criteria for this area with maximum environmental protection.

With the Pronouncement of the Sierra de Guadarrama National Park, the Spanish Parliament recognized, that the natural space that integrates it, has an ecological and cultural wealth so outstanding, that they advise its preservation has to be declared of General Interest, and to elevate its protection regime at the highest level allowed by our legal system.

This recognition was promoted from the Communities of Madrid and Castilla y León, by means of signing, on March 25, 2002, a Collaboration Protocol for the definition of a Natural Resources Management Plan, within the framework of which would be analyzed the possibility of declaring a National Park.  Further to the previous planning, with the approval of the Natural Resources Management Plan, by Decree 96/2009 of the Community of Madrid and Decree 4/2010 of the Community of Castilla y León, the process culminated in a proposal for a declaration of National Park which was approved by both Communities Legislative Assemblies. The Ministry of Agriculture, Food and Environment considered the proposal was appropriated, and that it complied with the requirements provided in Law 5/2007, of April 3, of the National Parks Network (currently replaced by Law 30/2014 of National Parks). In the same vein, the Council of the National Parks Network was pronounced.

The Central Government produced an Act Proposal which, after being reviewed in both chambers, was approved on June 25, 2013. The law includes 15 articles in which the objectives are defined, as well as the different territorial areas (National Park, Peripheral Protection Zone and Socioeconomic Influence Area), the protection regime of these areas, organization of management and coordination, economic regime, planning instruments, citizen participation modalities, and sanctioning regime.

More about legislation and procedures

Sitio Ramsar Humedales del Macizo de Peñalara

Los Humedales del Macizo de Peñalara están reconocidos como Sitio de Importancia Internacional para la conservación de humedales, conforme al Convenio Ramsar.

Recolección de plantas y frutos

La recolección de plantas es una actividad compatible en el Parque Nacional cumpliendo determinados requisitos.

Regulación de la escalada en Roca

La escalada en roca está permitida en el parque nacional, sujeta a determinadas condiciones y a una regulación dinámica que puede cambiar anualmente.

Management Committee

The Management Committee is made up of representatives of the Autonomous Communities with National Park territory.

Acceso con autobús al Paraje de La Pedriza (aparcamiento de Canto Cochino)

El número de autobuses en La Pedriza está limitado a un máximo de 10 autobuses al día, por lo que los interesados los interesados en acceder con autobús deberán realizar una reserva previa.

Zona Periférica de Protección

La Zona Periférica de Protección del Parque Nacional está destinada a amortiguar los posibles impactos ecológicos o pasajísticos procedentes del exterior del parque.

Regulación de la bicicleta de montaña

El parque nacional puede recorrerse en bicicleta de montaña por los viales autorizados para ello, aunque hay algunas restricciones si vienes en grupo en función de la zona y número de componentes del grupo.

Coordination Committee

The Coordination Commission is responsible for the coordination between the different administrations involved in the management of the national park.

Zonas de Especial Protección para las Aves

Las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) nacen con la única finalidad de preservar las poblaciones de aves catalogadas y de sus hábitats. En el parque nacional hay dos.

Solicitud de visita en grupo (Macizo de Peñalara)

Las visitas de grupos de 15 personas o más al Macizo de Peñalara requieren una autorización.

Limites del Parque Nacional

Los límites oficiales del Parque Nacional discurren partiendo de las inmediaciones del Puerto de Navafría y continúanbásicamente por los cordales de los Montes Carpetanos, Cuerda Larga y Siete Picos, dibujando una figura con forma de ancla.

PORN de la Sierra de Guadarrama

El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales es el documento en el que se basó la declaración del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama.

Regulación del senderismo

El senderismo en el parque nacional puede realizarse libremente por los senderos y caminos, aunque hay algunas restricciones si vienes en grupo en función de la zona y número de componentes del grupo.

Aprovechamiento micológico

La recogida de setas se considera una actividad compatible con la conservación siempre que se realice en terrenos con un plan de aprovechamiento aprobado.

Plan Rector de Uso y Gestión

El Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) desarrolla la planificación de la gestión durante un periodo de diez años.

Zonificación del Parque Nacional

El Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional establece una serie de zonas, asociadas a diferentes valores, usos y normativa en cada una de ellas.

Reservas Naturales Fluviales

Las Reservas Naturales Fluviales pretenden preservar ríos con escasa o nula intervención humana y en muy buen estado ecológico. 

Área de Especial Protección del Parque Nacional

El Área de Especial Protección ocupa básicamente el Valle de Valsaín, con una normativa asimilable a la del parque nacional.

Declaration Act

The Declaration Act of the Sierra de Guadarrama National Park establishes the objectives and criteria for this area with maximum environmental protection.

Patronato

El Patronato es el órgano de participación de la sociedad en los Parques Nacionales.

Trámites administrativos de las actividades reguladas (PRUG)

El Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama (PRUG) establece, entre otros, los criterios de gestión, actuación y zonificación de este espacio natural, así como las normas de uso precisas para la consecución de los objetivos que han motivado su declaración.

Solicitud de utilizacion por grupos de la pista de esquí de fondo (Los Cotos)

Los grupos organizados con más de 10 componentes requieren autorización previa para el uso de la pista de Esquí de fondo de Los Cotos.