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Aprovechamiento micológico
El Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama establece en su artículo 59, dedicado a los aprovechamientos tradicionales, que la recogida de setas se considera una actividad compatible con la conservación siempre que sea para uso propio o recreativo, pudiendo comercializar los productos únicamente los vecinos de los municipios del Área de Influencia Socioeconómica.
Para lograr que la recogida de setas sea compatible establece que todos los terrenos en los que se pretenda un aprovechamiento micológico deberán contar con un plan de aprovechamiento aprobado. Por tanto, la recogida libre o episódica queda prohibida, salvo en el caso de fincas particulares que se acojan a un aprovechamiento reservado conservando en exclusiva sus titulares el derecho de aprovechamiento.
Para recoger setas en el Parque lo primero es plantearse ¿Quién me autoriza?
En cada monte o finca hay un titular del aprovechamiento micológico que de acuerdo con su plan de aprovechamiento puede dar permisos de recogida. Estos permisos de recogida pueden ser de diferente categoría y tienen un límite de cantidad de setas recogidas diariamente por persona.
En la vertiente segoviana, los montes del parque nacional regulados a día de hoy son los siguientes:
Incluye, entre otros, los montes “Dehesa de la Garganta” (El Espinar) y “Pinar de Navafría” (Aldelalengua de Pedraza, Navafría y Torre Val del San Pedro). Puede gestionar los permisos a través de esta página web.
Acotado “Montes de Segovia” (SG-5.002)
Puede gestionar los permisos a través de esta página web.
Acotado “Montes de Valsaín” (Real Sitio de San Ildefonso)
En el resto de montes no es posible la recogida en el interior del parque nacional, salvo derechos propiedad en fincas particulares.
En la vertiente madrileña se están regulando los aprovechamientos y redactando los planes de aprovechamiento pero por ahora no están regulados luego no es posible la recolección.
¿Dónde puedo recoger setas?
Se puede recoger setas en la mayor parte de los montes regulados del parque pero ten en cuenta:
- No se puede recoger en las Zonas de Reserva ni en las Zonas de Uso Restringido tipo A (Macizo de Peñalara, Pinar de la Acebeda, Umbría y Solana de Siete Picos, Umbría de Cerro Ventoso, Pinganillos, Collado de la Flecha y Cabecera del Artiñuelo, Canchales de Mujer Muerta, Los Pelados, Pico de El Nevero, Los Reajos).
- En las Zonas de Uso Restringido tipo B solo se pueden recoger setas en el otoño.
RECUERDA, CON CARÁCTER GENERAL:
Se deberán respetar las siguientes prácticas:
Quedan prohibidas las siguientes prácticas: